Exigimos el cumplimiento de la obligación de pago

SADOP informa a los docentes privados sobre la Retención de Crédito Laboral y los pasos a seguir. El viernes habrá movilización a cámaras patronales y sede local del Ministerio de Educación.

04 de Noviembre 2015

Ante el cronograma de pago dispuesto por el gobierno provincial para el mes de noviembre, y teniendo en cuenta que el mismo vuelve a incumplir con los plazos estipulados por la ley, excediendo el cuarto día hábil para el pago de haberes a los docentes santafesinos, el SADOP Rosario comunica a todos los docentes privados las acciones realizadas hasta el momento, las cuales han tenido como objetivo garantizar el pago de sueldos en tiempo y forma y preservar a los compañeros y compañeras docentes de toda situación conflictiva con las patronales.

En tal sentido, exponemos las determinaciones dispuestas:

- En primer lugar, la denuncia pública de la decisión deliberada del gobierno provincial, la cual, como se manifestó, no tuvo en cuenta las reales necesidades de los docentes santafesinos.

- Ante este incumplimiento, se prosiguió a notificar por escrito a las entidades patronales -a través de sus cámaras, JAEC y FESAIEP- sobre su obligación de pago, que debe ser resuelta y concretada por la patronal de cada uno de los establecimientos educativos, al margen del día dispuesto por el gobierno provincial para hacer el depósito correspondiente.

- A partir de los reclamos y gestiones efectuadas por el SADOP, cabe indicar que colegios de la región están cumpliendo con el adelanto parcial del pago de haberes y pago completo, dentro de los plazos previstos por la ley, y anticipándose así al cronograma vigente dispuesto por el Gobierno de Santa Fe.

- Paralelamente, y en el mismo sentido, se elevó una nota al Ministerio de Educación de la provincia para la efectivización del depósito de los subsidios correspondientes a las escuelas de gestión privada de Santa Fe.

Como bien se sabe, el plazo de pago de las remuneraciones es de cuatro días hábiles posteriores al fin del mes de cada devengamiento. En el caso de los sueldos del mes de octubre 2015, ese plazo se opera el jueves 5, por lo que la mora se verifica a partir del viernes 6.

También es sabido que los trabajadores, en caso de falta de pago de remuneraciones pueden recurrir al mecanismo previsto en el Artículo 1.031 del Código Civil y Comercial, que autoriza, en caso de contratos con obligaciones recíprocas, a que una parte suspenda el cumplimiento de su obligación hasta tanto la otra "cumpla u ofrezca cumplir" la suya.

Por aplicación de estos principios, la doctrina y jurisprudencia ha entendido que el ejercicio de la facultad conferida en la citada norma del Código Civil solo puede deducirse previa intimación cursada por un plazo no menor de dos días hábiles (Art. 57 LCT). Cabe aclarar que, aunque en los hechos se suele consignar en las intimaciones que la misma se fija por el plazo de "48 horas", el plazo son dos días, que no es igual que 48 horas, ya que los plazos de días se cuentan por días completos, con lo que la intimación será válida para el empleador transcurridos dos días, sin contar el de la notificación.

En nuestro ejemplo, en caso de enviarse la intimación al pago bajo apercibimiento de retención de tareas, la misma recién podría remitirse el viernes 6 de noviembre, y, en el supuesto que llegue a destino el lunes 9, el plazo vencerá luego de transcurridos los días 10 y 11 de ese mes, con lo que el ejercicio de la retención se podría ejecutar a partir del jueves 12.

El texto correspondiente a esta intimación será entregado a los delegados del SADOP Rosario en cada colegio, a través de los canales habituales. En aquellos colegios donde no hubiera representación por medio de delegados, los y las docentes deberán acercarse al SADOP –Avellaneda 805, Rosario- para obtener la nota intimatoria. La misma podrá ser enviada a partir del quinto día hábil.

Sin perjuicio de lo antedicho , y visibilizando el reclamo del gremio, el día viernes 06 de noviembre nos movilizaremos a las entidades patronales y a sede local del Ministerio de Educación exigiendo el cumplimiento efectivo de la obligación de pago.

La situación que afecta a todos los docentes santafesinos es injusta, y nos asiste el derecho a reclamo, el cual hemos llevado a cabo a través de los canales correspondientes, extremando al máximo el cuidado para con los compañeros y compañeras docentes y procurando evitar que queden expuestos a situaciones conflictivas en los colegios.

SADOP se pone al frente del reclamo encabezando las acciones gremiales con las presentaciones pertinentes en los ámbitos que corresponden. Y también en la calle a través de sus cuerpos orgánicos, como Concejo Directivo, congresales y delegados, en resguardo y representación de toda la docencia privada, evitando exponer a compañeros y compañeras a escenarios de conflicto en sus lugares de trabajo.

Ver: "El gobierno se burla de los docentes"

SADOP reclamó también a las patronales por el pago de sueldos

 

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