Titular del SADOP rosarino aseguró que acuerdos paritarios en CONEP permitieron reconocer personería gremial

Martín Lucero, secretario general de la seccional Rosario del SADOP, expresó, además, que los acuerdos de CONEP son "una herramienta para garantizar la inclusión educativa, lo que ratifica su finalidad social y la obligación de administrarlo en beneficio del interés común".

29 de Septiembre 2015

Por Télam

El titular de la filial Rosario del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Martín Lucero, aseguró que los acuerdos paritarios en la Comisión Negociadora Nacional de la Educación Privada (CONEP) permitieron "el reconocimiento de la personería gremial en todo el país y de las entidades patronales, ya que ninguna Junta Arquidiocesana o colegios agrupados en las organizaciones nacionales signatarias puede desconocer ahora que es empleadora".

El dirigente sostuvo que esos acuerdos posibilitaron, también, la homologación de los convenios alcanzados a través del sistema mixto y subsidiario articulado 'Consejo Gremial-Ministerio de Trabajo', lo que expresó de forma clara que su contenido es laboral, por lo que como consecuencia de la participación del Ministerio nacional ninguna patronal podrá invocar la incompetencia de las carteras laborales locales al momento de exigir la ejecutoriedad de los derechos previstos.

"Los acuerdos en la CONEP cesaron el debate respecto de la representación de preceptores, secretarios y bibliotecarios, que implicaron una disputa del alcance de la personería del SADOP. El convenio nacional incluyó la definición de docente privado (personal directivo, docente y docente auxiliar, tenga o no título docente, habilitante y supletorio) en tanto preste servicios en relación de dependencia a favor del propietario de establecimientos de enseñanza y/o educativos privados y participe de los procesos de enseñanza y aprendizaje", afirmó el dirigente.

Lucero enfatizó que otro impacto determinante sobre las jurisdicciones fueron las modalidades de contratación laboral, ya que el acuerdo CONEP tiene valor por lo que dispuso e interpretó. En efecto, estableció una clara modalidad típica (tiempo indeterminado) y otras eventuales, lo que impidió las pretensiones de las jurisdicciones, avaladas por algunas patronales, de aplicar al sector de manera análoga las formas de trabajo vigentes para el empleo público, a excepción de la estabilidad laboral.

El acuerdo CONEP también determinó que la obligación salarial recae sobre la entidad propietaria, con independencia de la percepción del aporte estatal, lo que representó el fin de "un argumento de algunos empleadores ante la ineficiencia o connivencia de las provincias, es decir, el que no paga incumple, en tanto quedó claro que jamás hubo una relación de empleo mixta pública y privada", explicó.

La registración de los contratos a plazo fijo constituyó una medida importante en dirección a combatir el empleo no registrado en la educación privada, por lo que es un instrumento útil en las jurisdicciones cuando las inspecciones con Trabajo provinciales.

Los contratos no registrados son por tiempo indeterminado, lo que representó "un logro respecto de la lucha contra el fraude laboral, en especial en los niveles medio y superior".

"Los acuerdos CONEP sobre la estabilidad del aporte estatal y el derecho al financiamiento de la educación de gestión privada son un avance en la defensa de la libertad de enseñanza. Ese aporte es una herramienta para garantizar la inclusión educativa, lo que ratifica su finalidad social y la obligación de administrarlo en beneficio del interés común. Las partes, además, trabajarán de forma conjunta en los casos en los que el Estado restrinja o suspenda el pago de esos aportes", puntualizó el gremialista.

Lucero reivindicó "la fortaleza y coherencia del plan de acción gremial del SADOP" y "la unidad de concepción reflejada en ese plan", fortaleciendo "la negociación colectiva en todos los ámbitos", que "se influyen y retroalimentan", aseguró.

Este año, la paritaria federal del sector obtuvo el 100 por ciento de aumento del FONID, que significó una oscilación de entre 2 y 6 puntos del salario de bolsillo según la jurisdicción.

 

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