Miente, miente que algo quedara. La confusión, la intrincada maraña de opiniones legales o el anuncio de terribles consecuencias que caerán sobre los que apoyen una iniciativa es una vieja estrategia conservadora para enfrentar los cambios al orden imperante.
Por Martín Lucero / secretario general de Sadop Rosario
Miente, miente que algo quedara. La confusión, la intrincada maraña de opiniones legales o el anuncio de terribles consecuencias que caerán sobre los que apoyen una iniciativa es una vieja estrategia conservadora para enfrentar los cambios al orden imperante. El principio sería: "Dejemos las cosas como están, porque así están bien". Eso es lo que sucede en el caso de la norma que impulsa Sadop para regular la continuidad del aporte estatal en caso del despido sin causa. Las entidades patronales defienden su pretendido "derecho a despedir discrecionalmente" -desde que se conoció la iniciativa y por distintos medios- sin reparar en las formas, la arbitrariedad y la falta de responsabilidad social que trae implícito el hecho de la pérdida de una fuente de trabajo. Para ello se recurre a todo tipo de artimañas y vericuetos legales de nula validez.
La norma no prohíbe los despidos ni afecta ninguna de las potestades que tienen los empleadores para despedir sin causa mediante el pago de la indemnización. Lo único que hace es establecer una regulación mediante la cual si un colegio despide un docente pierde por un tiempo el aporte estatal sobre el cargo. ¿Por qué? Porque los aportes estatales, como fondos públicos que son, deben administrarse en función del interés social y respetando su finalidad que no es otra que garantizar la libertad de enseñanza. Los despidos arbitrarios frustran la finalidad social de la promoción del empleo y atentan contra la libertad de enseñanza.
No se advierte cuál es el derecho constitucional que se vulnera, ni en qué aspecto la norma es inconstitucional en tanto no se regula sobre la relación laboral sino sobre los aportes estatales que surgen del esfuerzo tributario de todos los santafesinos. ¿Se puede sostener con seriedad que la provincia de Santa Fe no puede legislar sobre sus propios fondos, la manera y condiciones de adjudicación y permanencia de los mismos? De hecho la provincia ya ha sancionado normas que imponen obligaciones a quienes deseen recibir y mantener fondos del Estado, como lo fue la ley 12.954 de emergencia laboral.
Si no se regula la relación laboral y sólo se regulan los mecanismos de aportes ¿por qué las entidades patronales lo vinculan o lo ven como una limitación a sus potestades? Solo caben dos posibilidades: porque las indemnizaciones se pagan con plata de los subsidios (o se financian con ellos) lo cual desvirtúa la naturaleza del aporte o bien se pagan con el ingreso de cuotas que con esfuerzo mensualmente abonan los padres para sostener los proyectos educativos (cosa que ya reconociera una cámara propietaria el año pasado).
La artimaña patronal de sostener que se legislan cuestiones laborales cae por el propio peso de su falsedad. Se discute sobre recursos públicos y sobre la responsabilidad social que les cabe a quienes los administran. Y es esto de lo que no quieren discutir puesto que no entienden el aporte en función de la inclusión social o como garantía del derecho a enseñar y aprender, sino que lo entienden como un derecho absoluto del que puede disponer tan libre como arbitrariamente.
La entidades patronales vuelven a cuestionar la información pública que ellos mismos otorgan al Ministerio de Educación. Si sostienen que las cifras son falsas es porque mienten en las declaraciones que elevan al Estado. ¿Y por qué mienten? Para encubrir los datos reales de la movilidad de los docentes: despidos, acuerdos indemnizatorios, "renuncias" mediante el pago de retribuciones, cierre de carreras. Cualquiera que transite la educación privada ¿puede sostener con seriedad que no se producen despidos? ¿Puede sostener que no se gastan miles de pesos en indemnizaciones? ¿Puede asegurar que aún después de la media sanción del proyecto no se continuó dejando gente sin trabajo? Todos sabemos las respuestas: los despidos año a año son muchos y reiterados siendo la arbitrariedad el común denominador. Si no se puede saber el número exacto de los mismos es porque las propias entidades propietarias elevan informaciones deliberadamente falsas.
De lo que no quedan dudas es que la injusticia es la misma en un despido, en 700 o en 6.000. Si existe el procedimiento sumarial para despedir con causa sin indemnización ¿por qué se recurre al despido incausado con los costos que implica? Porque hay causas que no se pueden expresar: el acomodo, la militancia gremial, las opiniones personales, las opciones de vida, etcétera. ¿Hay justicia social donde el Estado por inacción o por vía indirecta tolera estas situaciones en actividades que sostiene con fondos públicos? Evidentemente no.
Sostener que el traslado es un despido en el sector estatal es una innovación ingeniosa. Un raro caso en el cual el "despedido" sigue con trabajo y con el sueldo que es el sustento de su familia. Seguramente algún doctrinario del derecho público estudiaría con gusto esta nueva modalidad de distrato laboral. Nos reconocemos incapaces de acometer sobre tamaña empresa doctrinal. De nuestra parte vamos a seguir creyendo que los traslados son una reivindicación gremial que consiguieron los docentes estatales después de años de lucha.
Es curiosa la actitud de las entidades propietarias respecto del proyecto de ley. En ningún momento han buscado el debate o el rechazo del mismo. Siempre se ha buscado que no sea tratado. "Que de esto no se hable". Desde el tratamiento en la comisión de Educación donde, de la mano de los diputados que después se abstuvieron de votar usando los argumentos de los empleadores, se hicieron muchísimas maniobras dilatorias hasta en el Senado donde se vivió con alivio que el tema no se discutiera. Evidentemente que se hablen de estas cosas obligan a que se expresen la liviandad de los argumentos que se oponen a la norma. El ideal es que no se hable, que no se discuta, que no se sepa.
Sadop busca con esta norma garantizar el destino del subsidio estatal destinado a proteger la libertad de enseñanza reconocida en la Constitución para el docente. No es una norma contra los empleadores. Todo lo contrario: es una norma que fomenta la responsabilidad social en el manejo de los fondos públicos, defendiendo de esa manera tanto al aporte, a los docentes y a la educación privada.
Es cierto que los docentes privados queremos que se reconozca nuestro derecho a la estabilidad laboral. Pero no lo vamos a hacer por una ley provincial. Lo vamos a hacer en una paritaria nacional cuando las entidades patronales dejen de dilatar el derecho de Sadop a la negociación colectiva.
El accionar del sindicato es propositivo. Mientras algunos empleadores tienen una actitud macartista buscando presionar a legisladores, funcionarios, periodistas, para que no se pronuncien a favor del proyecto o lo repudien públicamente, la realidad muestra que la evidente justicia del reclamo cada vez cosecha más adhesiones libres, voluntarias y conscientes al punto que lo que empezó por Santa Fe se ha convertido en un reclamo nacional que se va extendiendo a todas las legislatura provinciales.
Se equivocan los que creen nos impulsa un artículo de diario, una nota en la radio, la amistad con un legislador o el favor del gobierno de turno. Nos impulsa el innegociable rechazo a la arbitrariedad, el irrenunciable compromiso con los docentes privados y la inmutable idea de que solo se puede educar sobre la base de la justicia social y el respeto a los educadores.